Subvenciones a favor de entidades sin finalidad de lucro para el año 2020

Ámbito de Bienestar Social, ámbito de Igualdad y Ciudadanía y ámbito del Respir y Servicios complementarios a la tutela


 

Estado

Justificación 

El plazo de justificación se ha inciado el 11 de enero de 2021 y finaliza el 3 de marzo de 2021

La tramitación de la solicitud se tiene que hacer electrónicamente siguiendo la siguiente ruta:

  1. Sede electrónica de la Diputación de Barcelona.
  2. Trámites y servicios ciudadanía.
  3. Subvenciones.
  4. Bienestar Social e Igualdad y Ciudadanía.
  5. Justificación de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de las gerencias de Bienestar Social y de Igualdad y Ciudadanía del Área de Cohesión Social, Ciudadanía y Bienestar de la Diputación de Barcelona a favor de entidades sin ánimo de lucro para el 2020.
  6. Rectificación de errores u omisiones en la justificación de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de las gerencias de Bienestar Social y de Igualdad y Ciudadanía del Área de Cohesión Social, Ciudadanía y Bienestar de la Diputación de Barcelona a favor de entidades sin ánimo de lucro para el 2020.

  7. Complimentad el formulario electrónico de justificación y adjuntad la documentación necesaria.
Para saber los navegadores que se pueden utilizar, las firmas electrónicas válidas así como otros requisitos tecnológicos, se puede consultar el siguiente enlace, donde se facilita un teléfono de contacto en caso de dudas técnicas: https://seuelectronica.diba.cat/requisitstecnologics.asp

 

Guía

Os presentamos una guía de ayuda para facilitar el proceso de justificación:

Guía para la tramitación de documentos justificativos para subvenciones 2020

Formulario

 

Justificación voluntaria

El plazo de presentación de la justificación voluntaria ha finalizado

Se establece un periodo de justificación voluntaria hasta el 16 de noviembre de 2020, para aquellos supuestos en que el proyecto / actividad, objeto de la subvención, esté totalmente ejecutado antes de la finalización del periodo de ejecución (31 de diciembre de 2020).

Formularios

La tramitación de la justificación se tiene que hacer electrónicamente siguiendo la siguiente ruta:

  1. Sede electrónica de la Diputación de Barcelona.
  2. Trámites y servicios ciudadanía.
  3. Subvenciones.
  4. Bienestar Social e Igualdad y Ciudadanía.
  5. “Justificació voluntària de subvencions, en règim de concurrència competitiva, de les gerències de Benestar Social i d’Igualtat i Ciutadania de l’Àrea de Cohesió Social, Ciutadania i Benestar de la Diputació de Barcelona a favor d’entitats sense finalitat de lucre per al 2020”
  6. Complimentad el formulario electrónico de justificación y adjuntad la documentación necesaria.
Para saber los navegadores que se pueden utilizar, las firmas electrónicas válidas así como otros requisitos tecnológicos, se puede consultar el siguiente enlace, donde se facilita un teléfono de contacto en caso de dudas técnicas: https://seuelectronica.diba.cat/requisitstecnologics.asp

 

En caso de PROBLEMAS INFORMÁTICOS con la solicitud electrónica:

  • Llamar al soporte informático para tramitación electrónica: Tel. 900 101 934.

  • La solicitud también podrá presentarse en cualquier otro registro electrónico de las administraciones públicas catalanas. En este último supuesto, el interesado tendrá que notificar a la Gerencia de Bienestar Social, mediante correo electrónico dirigido a Gs.benestars@diba.cat y a registre.general@diba.cat, la remisión efectuada el mismo día de su presentación o, en todo caso, antes de la finalización del plazo establecido en la convocatoria para la presentación de solicitudes. En ambos casos, hay que adjuntar la copia del recibo de presentación.

Concesión

En Junta de Govern de la Diputació de Barcelona, celebrada el 30 de julio de 2020, se ha aprovado la concesión de subvenciones en el marco de la convocatoria para el otorgamiento de subvenciones a favor de entidades sin finalidad de lucro de las Gerencias de Igualdad i Ciudadania i de Bienestar Social del Área de Cohesión Social, Ciudadania i Bienestar.

Podeis consultar los resultados en el anuncio de la resolución de la convocatoria.

 

Convocatoria y bases

En Junta de Gobierno de la Diputación de Barcelona celebrada al 30 de enero de 2020, se ha aprobado la convocatoria por el otorgamiento de subvenciones a favor de entidades sin finalidad de lucro de las Gerencias de Bienestar Social e Igualdad y Ciudadanía del área de Cohesión Social, Ciudadanía y Bienestar.

El plazo de presentación de las solicitudes empezará el día 17 de febrero de 2020 finalizará el día 12 de marzo de 2020.

 

Solicitud

La tramitación de la solicitud se tiene que hacer electrónicamente siguiendo la siguiente ruta:

  1. Sede electrónica de la Diputación de Barcelona.
  2. Trámites y servicios ciudadanía.
  3. Subvenciones.
  4. Bienestar Social e Igualdad y Ciudadanía.
  5. Bienestar Social e Igualdad y Ciudadanía. Convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a favor de entidades sin finalidad de lucro, año 2020.
  6. Llenáis todos los campos del formulario electrónico de solicitud y adjuntáis los siguientes documentos:
Para saber los navegadores que se pueden utilizar, las firmas electrónicas válidas así como otros requisitos tecnológicos podéis consultar el siguiente enlace. También encontraréis un teléfono de contacto en caso de dudas técnicas: https://seuelectronica.diba.cat/requisitstecnologics.asp

 

En caso de PROBLEMAS INFORMÁTICOS con la solicitud electrónica podeis:
  • Llamar al Apoyo informático por tramitación electrónica: Tel. 900 101 934.

  • Los interesados que tengan dificultades para realizar la presentación electrónica de las solicitudes podrán, antes de finalizar el plazo de presentación, dirigirse al Registro General de la Diputación de Barcelona (Rambla Cataluña, 126, Barcelona) en horario de 8,30 h a 14,30 h en días hábiles, donde recibirán ayuda por parte de los funcionarios adscritos al Registro para realizar este trámite. Hay que llevar el certificado electrónico.
  • La solicitud también podrá presentarse en cualquier otro registro electrónico de las administraciones públicas catalanas. En este último supuesto, el interesado tendrá que notificar a la Gerencia de Bienestar Social, mediante correo electrónico dirigido a Gs.benestars@diba.cat y a registre.general@diba.cat , la remisión efectuada el mismo día de su presentación o, en todo caso, antes de la finalización del plazo establecido en la convocatoria para la presentación de solicitudes. En ambos casos, se tiene que adjuntar la copia del recibo de presentación.
 
Para el RESTO de consultas sobre la solicitud de subvenciones: